AIPRO LEGAL.- En el presente vídeo institucional de la SUNARP, podrán visualizar el procedimiento para tramitar una partida registral ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, el siguiente criterio: “El Tribunal Fiscal no es competente para pronunciarse sobre procedimientos relacionados con la inscripción, exclusión y modificación
Resolución del Superintendentenacional de los Registros Públicos Nº 107-2020-SUNARP-SN, que aprueba la directiva DI-002-SNR-DTR, directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados. Descargue aquí