Audiencias de conciliación extrajudicial por medios electrónicos

Que, habiéndose publicado la Ley Nº 31165, que modifica la Ley de Conciliación, las audiencias de conciliación, que podrían ser a través de medios electrónicos (PC, laptops, tablets, entre otros) para una solución rápida y económica de conflictos en temas civiles y de familia.

La aprobación de esta norma, en el contexto actual de la pandemia por la COVID-19 y que contó con el impulso del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), garantiza el acceso a la justicia a los ciudadanos y personas jurídicas, que podrán resolver problemas civiles y familiares sin necesidad de ir presencialmente a las audiencias de conciliación. 

Audiencias virtuales en conciliación extrajudicial, es posible mediante la Ley N° 31165.

Asimismo, se permite garantizar la identificación, capacidad y comunicación de las partes; así como la autenticidad del contenido del acuerdo conciliatorio, conforme a los principios que rigen la conciliación. De igual forma, el acta de conciliación será remitida por medio electrónico a cada una de las partes para su firma.

Esta modalidad virtual es de utilidad también para autorizar y supervisar el dictado de los cursos de formación y capacitación de conciliadores y de especialización impartidos por los Centros de Formación y Capacitación de Conciliadores. Los operadores del Sistema Conciliatorio deben comunicar al MINJUSDH el uso de medios electrónicos u otros de naturaleza similar seguros para el ejercicio de sus funciones, así como señalar obligatoriamente un correo electrónico para notificar todo acto administrativo o actividad relacionada con el ejercicio de su función conciliadora o función capacitadora. 

De esta forma, más de los 8 273 conciliadores adscritos en los Centros de Conciliación Extrajudicial a nivel nacional podrán continuar brindando el servicio de conciliación de forma presencial y electrónica, garantizando a la población la posibilidad de escoger el medio de atención que sea más acorde a sus necesidades. 

Finalmente, con la conciliación virtual se continúa impulsando el fortalecimiento de la conciliación como un medio eficaz a la que peruanas y peruanos puedan encontrar solución a sus conflictos. 

 

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Fuente:

El Peruano

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